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Sentencia

Recuperamos 237.000€ de una clienta que perdió sus ahorros por mal asesoramiento del banco.

La sentencia hace responsable al BANCO DE SANTANDER por la mala comercialización de OBLIGACIONES SUBORDINADAS y considera que nadie advirtió a la afectada del riesgo de perder todo el dinero.

Tras la compra del BANCO POPULAR por el BANCO SANTANDER en junio de 2017, se anunció que las OBLIGACIONES DEL BANCO POPULAR ya no valían nada, es decir, que los inversores que habían depositado en ellas sus ahorros lo perdían todo. Ello afectó especialmente a MONTSERRAT, que acudió al bufete para intentar recuperar sus 237.000 EUR invertidos en éste producto.

Como en tantos otros casos similares, MONTSERRAT nos relató que los empleados de la oficina del BANCO POPULAR le habían insistido en contratar ese producto aprovechando que le terminaba un plazo fijo en el que había depositado sus ahorros. Que le dijeron expresamente que era una inversión del todo segura, sin riesgo alguno, y con una rentabilidad superior al plazo fijo.

El primer paso fue reclamar al BANCO SANTANDER toda la documentación de operación: contratos, evaluaciones practicadas, la información precontractual facilitada, y un cuadro con los rendimientos que hubiera recibido. Y al disponer de ella, descubrimos, que la inversión le había supuesto unas pérdidas netas a MONTSERRAT de más de 225.000€; y que en la información precontractual no se habían cumplido los requisitos legales establecidos para vender dicho producto.

Presentamos la demanda y en el juicio, BANCO SANTANDER defendió que en la comercialización de las obligaciones subordinadas se había facilitado al cliente toda la información de riesgos, y que era una inversión adecuada para ella. Ambas alegaciones se revelaron como falsas en el interrogatorio a la empleada de la oficina porque  admitió no recordar haber informado ni verbalmente ni por escrito de los riesgos de la operación.

Tras el juicio, la sentencia considera probado que no se sometió a MONTSERRAT a una valoración objetiva sobre la idoneidad de tamaña inversión, teniendo en cuenta que los 237.000 EUR eran todos sus ahorros, que su situación era de jubilada, y que su experiencia inversora era nula. Pero como ha ocurrido tantas veces con los bancos desleales, el BANCO POPULAR priorizó auto-financiarse con el dinero de su clienta antes que respetar los más de 30 años que esta llevaba siendo fiel a la entidad.

La consecuencia de lo anterior es que, pese a ser una operación consentida en el momento de llevarla a cabo, el consentimiento de MONTSERRAT estaba viciado por carecer de la información esencial sobre el riesgo que asumía; nadie le dijo que podía perder el dinero invertido, como al final sucedió, siendo responsable directo de ello la entidad comercializadora y, ahora, su sucesora BANCO SANTANDER.

Ocho años después de aquella venta de deuda subordinada el BANCO DE SANTANDER deberá retornar los 237.000 EUR restándole los escasos rendimientos recibidos por la cliente, más los intereses legales transcurridos desde aquella fecha, y además deberá pagar los costes legales de nuestro bufete -costas judiciales-, de modo que nuestra cliente no tenga mayores perjuicios.

Si una banco o entidad de crédito asesoró para que invirtieras en productos de riesgo sin informarte suficientemente, puedes reclamar judicialmente una indemnización equivalente a las pérdidas que tuviera por ello. También puedes leer la SENTENCIA  completa de MONTSERRAT que dejamos aquí abajo.

[NOTA: MONTSERRAT es un nombre ficticios, pero no lo es su historia de éxito contra BANCO SANTANDER por las OBLIGACIONES SUBORDINADAS que le vendió el BANCO POPULAR, ni la SENTENCIA que tienes abajo]

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